Si sos ciudadano o ciudadana de la Unión Europea y venís a vivir a España, o si sos familiar de una persona comunitaria, este artículo es para vos. Vamos a contarte, paso a paso, cómo
obtener el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE), también conocido como “NIE verde”, y la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario para tu pareja o
familiar extracomunitario.
Ambos trámites están directamente vinculados: para poder solicitar la tarjeta como familiar de comunitario, primero es necesario que el ciudadano europeo tenga su CUE. Por eso, en esta guía te explicamos cómo organizar cada paso para que el proceso sea lo más ágil y claro posible.
1. Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE)
¿Qué es?
Es el certificado que credita la residencia legal de ciudadanos de la Unión Europea (y de países del Espacio Económico Europeo o Suiza) que van a residir en España por más de 90
días. En él figura tu nombre, nacionalidad, domicilio, NIE y fecha de inscripción. Es un documento obligatorio para quienes deseen residir más de 3 meses en territorio español.
Este certificado no caduca y no lleva fotografía, por lo tanto, siempre deberás acompañarlo con tu pasaporte o documento de identidad nacional para identificarte.
¿Quiénes deben solicitarlo?
Todas las personas ciudadanas de la UE, mayores de 16 años, que tengan intención de quedarse en España más de 90 días. Es decir, si venís a trabajar, estudiar, vivir con tu pareja o
simplemente instalarte, este trámite es uno de los primeros que vas a tener que hacer.
Requisitos generales
Para obtener el CUE debés acreditar alguno de los siguientes supuestos:
- Que estás trabajando por cuenta ajena o propia.
- Que tenés medios económicos suficientes y seguro médico.
- Que sos estudiante matriculado en un centro público o privado, con seguro médico y recursos suficientes.
Documentación habitual
- Formulario EX-18 cumplimentado.
- Pasaporte o DNI vigente.
- Justificante de pago de la tasa correspondiente (modelo 790, código 012).
- Documentación que acredite tu situación (contrato laboral, alta como autónomo, matrícula, seguro, fondos, etc.).
- Certificado de empadronamiento (en algunas oficinas lo solicitan).
Procedimiento
- Preparar toda la documentación y pagar la tasa.
- Solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería o Comisaría correspondiente.
- Presentarte en la cita con los documentos originales y copias.
- Si todo está correcto, el certificado se expide en el momento.
2. Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea
¿Qué es?
Es la tarjeta que permite a los familiares extracomunitarios de ciudadanos de la UE residir legalmente en España por más de 90 días. Es una tarjeta física (con chip y fotografía), con una
validez inicial de 5 años, y te permite trabajar y residir en igualdad de condiciones que cualquier residente legal.
¿Quién puede solicitarla?
- Cónyuge o pareja registrada del ciudadano de la UE.
- Hijos menores de 21 años o mayores dependientes.
- Padres o ascendientes dependientes.
- Otras personas que vivan a cargo del ciudadano comunitario (según condiciones específicas).
Requisitos
- Que el ciudadano de la UE cuente con su Certificado de Registro (CUE).
- Que ambos residan en España.
- Que se acredite el vínculo familiar con documentación válida (apostillada y traducida si es necesario).
- Que el ciudadano comunitario tenga medios económicos suficientes y, en su caso, seguro médico.
Documentación habitual
- Formulario EX-19.
- Pasaporte del solicitante.
- Fotos tamaño carné.
- Documento que acredite el vínculo (certificado de matrimonio, pareja registrada, nacimiento, etc.).
- Certificado de empadronamiento conjunto.
- CUE o DNI del ciudadano comunitario.
- Documentación laboral, de ingresos o de seguro médico del ciudadano de la UE.
- Justificante de pago de la tasa.
Procedimiento
- Asegurarse de que el ciudadano comunitario ya tenga su CUE.
- Preparar toda la documentación.
- Solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería.
- Presentarse en la cita con toda la documentación.
- Si todo está correcto, se emite un resguardo de presentación.
- Esperar resolución (puede tardar hasta 3 meses o más).
- En caso favorable, solicitar cita para toma de huellas.
- Recoger la tarjeta una vez emitida.
¿En qué orden conviene hacer los trámites?
1. Primero, el ciudadano comunitario debe empadronarse y solicitar el CUE.
2. Luego, con ese certificado y el empadronamiento conjunto, se inicia la solicitud de la tarjeta para el familiar extracomunitario.
Consejos prácticos
- No esperes al último momento para pedir cita, suelen demorarse bastante en algunas ciudades.
- Reuní todos los documentos con tiempo y verificá si necesitan legalización o traducción jurada.
- El resguardo de presentación de la tarjeta permite residir legalmente mientras esperás la resolución.
- Asegurate de conservar copias de todo, y organizá los documentos para no olvidar nada en la cita.
¿Necesitás ayuda para gestionar estos trámites?
En nuestro equipo, podemos acompañarte en todo el proceso, tanto si sos ciudadano/a de la UE como si sos familiar extracomunitario. Podemos asesorarte, ayudarte a reunir la
documentación correcta, revisar tus formularios y guiarte paso a paso hasta obtener tu certificado o tarjeta.
Hacelo de forma segura, eficiente y sin sorpresas. Estamos para ayudarte